Medio de comunicación independiente

“El Derecho es, en esencia, un orden para promover la paz. Tiene por objeto que un grupo de individuos pueda convivir en tal forma que los conflictos que se susciten entre ellos puedan solucionarse de una manera pacífica; esto es, sin recurrir a la fuerza y de conformidad con un orden de validez general. Este orden es el Derecho.”

Así reza el inicio de la obra “Derecho y paz en las relaciones internacionales” de Hans Kelsen, con una declaración de intenciones que marcaría la vuelta a un debate que aparentemente había sucumbido a las ambiciones de las potencias europeas del siglo XIX; El eterno retorno al concepto de la guerra justa.

San Agustín fue el principal defensor de la teoría de la guerra justa. Autor: Kingston Lacy

Una doctrina que ya tenía sus primeros visos de existencia en el Ius Gentium romano cuando este requería de unas condiciones legítimas, a ojos de los propios intereses romanos, para iniciar un enfrentamiento armado, siendo Cicerón el primero en dar forma a esto y, que más tarde autores como San Agustín de Hipona o Santo Tomás de Aquino tratarían desde una perspectiva esencialmente teológica, pero con gran repercusión en las naciones occidentales, promoviendo debates tan importantes como la discusión sobre la legitimidad de la conquista española de las Américas en el siglo XVI (único en el mundo europeo) entre Bartolomé de las Casas y Ginés de Sepúlveda condicionando, de este modo, la posterior organización política e institucional que caracterizó los territorios españoles en América.

Sin embargo, ya en el siglo XIX, con las guerras napoleónicas en pleno auge, la guerra se convirtió en un instrumento de política exterior, aunque se dio un importante esfuerzo internacional para crear normas que limitaran su uso, implementándose de forma más eficaz en el Ius in Bello con las distintas convenciones de Ginebra y la Haya, teniendo cierto éxito en diferentes aspectos como el trato a los prisioneros de guerra y fracasando en otros como se demostró en la primera guerra mundial.

Es a partir de aquí cuando de verdad se plantea abandonar la guerra como instrumento de política exterior con el pacto Briand-Kellogg abandonando la guerra como método legítimo para lograr objetivos, pero que burdamente fue suprimido con el inicio de la segunda guerra mundial.

Aunque el panorama expuesto hasta ahora sea desesperanzador, a finales de 1945 se firma la Carta de las Naciones Unidas que en su preámbulo contine la siguiente declaración de intenciones: “Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas resueltos a preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra que dos veces durante nuestra vida ha infligido a la Humanidad sufrimientos indecibles, a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas, a crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional..” que se desarrolla en su Art. 2 con la prohibición expresa del uso de la fuerza o amenaza en las relaciones internacionales, siendo un hito histórico para la comunidad internacional.

Eleanor Roosevelt lee la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1949; Biblioteca y Museo Presidencial FDR 64-165

De este modo, vuelve a ser protagonista la guerra justa; se establecen condiciones taxativas en una lista numerus apertus sobre agresiones ilegitimas y se transforma la prohibición del uso de la fuerza en una norma consuetudinaria con la sentencia de 27 de junio de 1986, relativa a las actividades militares y paramilitares en Nicaragua y contra Nicaragua.

Sin embargo, la guerra justa concebida ya como un conjunto de normas jurídicas de carácter internacional funciona como motivación para que los distintos actores que se relacionen con ellas busquen medios para franquearlas, surgiendo nuevas estrategias que tratan de jugar por debajo del umbral del conflicto para conseguir objetivos estratégicos.

Ejemplos históricos sobre esto hay muchos, pero algunos destacan entre otros por los logros conseguidos. Uno de ellos podría ser la “marcha verde” ejecutada por Marruecos frente a España en 1975: Aprovechando la debilidad del régimen con la muerte del General Francisco Franco, el Reino de Marruecos, usando a civiles como escudo humano, entró en el Sahara español ocupándolo sin una respuesta firme del gobierno de España. Si bien es cierto que esto ha generado un conflicto que llega hasta nuestros días, también ha conseguido grandes ventajas para Marruecos.

¿Qué conclusiones podemos sacar de lo analizado?

Inevitablemente el mundo internacional es un caos en busca de orden lleno de intentos de crear una regulación para actores que ni quieren ni pueden respetar ciertas normas, pues los intereses son permanentes, pero las alianzas son temporales. Esto no quiere decir que no sea necesario un orden que regule ese caos.

Billete de 100 dirhams marroquíes conmemorando la marcha verde

La creación de la ONU ha sido un hito muy importante que ha mejorado mucho nuestras vidas, pero las perspectivas que se vislumbran hacia un mundo multipolar, nos avisan de que modelo tiene que cambiar, que la ideología globalista no funciona y que las nuevas tecnologías podrían ser la clave para avanzar hacia una nueva era.

Te has suscrito correctamente a The Political Room
¡Bienvenido! Has iniciado sesión correctamente.
¡Excelente! Te has registrado correctamente.
¡Éxito! Su cuenta está completamente activada, ahora tiene acceso a todo el contenido.