Los Estados y el acceso al mar, ¿una constante en la historia?
El acceso al mar —o la falta de salida al mismo— es reconocido como un factor estrechamente vinculado al desarrollo de los Estados. Evidentemente, existen notorias excepciones a esta afirmación, fundamentalmente constatables en Europa, donde hay otros factores históricos, de vecindad o geográficos, que atenúan el efecto negativo de esta característica, como la orografía o, sobre todo, la posibilidad de alcanzar el mar a través de ríos navegables.
En cualquier caso, de forma general, la ausencia de litoral marítimo sí se considera una traba al comercio internacional —pues el mar representa cerca del 80% del volumen mundial[1]—, al tiempo que presenta una incidencia negativa incluso en la materia de vertebración nacional y en la ejecución de las relaciones exteriores[2]. Consecuentemente, la litoralidad —entendida como la tenencia de costa marítima por parte de un Estado—, según este planteamiento, quedaría considerada como la condición más ventajosa.

En este punto conviene realizar una diferenciación que, a efectos de este texto, resulta relevante pues, de lo anteriormente planteado, pudiera inferirse que la insularidad —precisamente por su naturaleza totalmente litoral— se enarbolaría como la situación más ideal. Nada más lejos; frecuentemente la insularidad queda asociada a otros factores que, igualmente, presentan trabas al desarrollo, como la escasez poblacional y de espacio físico, la fragmentación archipelágica o la lejanía relativa respecto de mercados y de las principales rutas comerciales oceánicas[3].
Por ello, parece pertinente diferenciar entre Estados litorales ubicados en lo que pudieran darse en llamar áreas continentales y Estados litorales propiamente insulares, pues la ubicación geográfica de los primeros no se constituye, a priori, como una condicionante desventajosa.
Como se observa en la figura 1, en la actualidad hay 193 miembros en la Organización de las Naciones Unidas y de estos, 104 se considerarían Estados litorales continentales[4] —y por lo tanto no insulares—, según la particular clasificación aquí planteada.
Tal prevalencia invita a plantear que esta proclividad a la litoralidad continental se siga considerando como la forma más “natural” u orgánica de estatalidad; la más perfecta manera fundacional o aspiracional para cualquier Estado-nación. El hecho de que la mayoría de los Estados que se contabilizan en la actualidad sean de tipo litoral continental parecería evidenciar este punto, aunque esta dinámica ha venido cambiando paulatinamente, como se verá a continuación.

A partir de la diferenciación propuesta, la siguiente mitad de este texto se dedica a un breve repaso de la evolución temporal de esta dinámica. Para este ejercicio se acude al análisis de las adhesiones a la Organización de las Naciones Unidas constatadas desde su nacimiento.
Se ha optado por este criterio por dos motivos. Por un lado debido a que la mera pertenencia a la Organización presupone un amplio reconocimiento soberano. Por otra parte, porque simplifica la adquisición de un parámetro unificado en cuanto a la fecha de adquisición de dicha soberanía se refiere, máxime cuando la gran mayoría de los Estados que se adhieren desde la década de 1960 lo hacen muy poco tiempo después de sus emancipaciones.

El análisis de las cadencias de acceso a la membresía a la ONU es sumamente ilustrativo en este sentido. En 1945, año de fundación de esta Organización, el 78% de los Estados eran litorales continentales. Sin embargo, ya en 1959 la Organización tenía 82 miembros —51 fundadores y 31 que se fueron adhiriendo posteriormente—, que en aquel entonces correspondía a 62 Estados litorales continentales[7], a 11 insulares y a otros 10 sin litoral.
En la actualidad la situación es muy diferente: como se ha adelantado con anterioridad, hay 104 Estados litorales continentales, mientras que los demás corresponderían a 46 insulares y a 43 no litorales. Estas cantidades evidencian que, a partir de 1960, el grupo de los litorales continentales experimentase un incremento de los casos cercano al 67%, mientras que los 89 restantes, correspondientes a los Estados insulares y sin litoral, lo hicieron, conjuntamente, en un 320% para el mismo rango temporal.
Este auge comparativo de los insulares y los no litorales, tal y como se desprende de la figura 2, se explica a partir de dos coyunturas muy concretas: la ola descolonizadora que se inicia en los 60 y la disolución de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas a principios de los 90. Un recuento general permite englobar cada grupo de Estados en torno a las dinámicas emancipadoras que propiciaron más casos y que, además, se encuentran muy concentrados en términos geográficos.
Por parte de las islas, se trataría de los procesos del Caribe y el Pacífico, mientras que para los nuevos Estados sin litoral se trataría de Asia Central y el Cáucaso, y también de la franja saheliana y central de África. Considerando como punto de partida los años 60, la suma de estos cuatro escenarios da lugar a 10 nuevos Estados insulares tanto en el Caribe como en el Pacífico, y otros 8 y 10 Estados sin litoral en Asia Central y en la mitad septentrional de África, respectivamente.
De forma general, la figura 3, que permite comparar temporalmente el advenimiento de nuevos Estados a la Comunidad Internacional a partir de las tres categorías que aquí se manejan, refleja el aumento relativo de los de tipo insular y sin litoral por todo el planeta.

De cualquier modo, aun siendo este un fenómeno bastante menos habitual que en el pasado, resulta sumamente llamativa la revisión de esta dinámica en los últimos 30 años —justo después de la “distorsión” que supuso el año 1992, en el que ocho ex repúblicas soviéticas sin litoral se suman a la ONU[10]—. La figura 4 resulta útil en este sentido, pues refleja la naturaleza de los últimos 14 Estados en unirse a la ONU; seis de los cuales serían insulares, cinco no contarían con litoral marítimo, y tres sí se consideran litorales asentados en áreas continentales.
No obstante, al respecto es importante apuntar dos cuestiones.
Primeramente, hay que reconocer que tres de estas nuevas membresías se constituyen como casos sui generis —Andorra, Mónaco y Suiza— por haberse producido a partir de decisiones propiciadas a partir de dinámicas domésticas, y no debido a independencias recientes.
Aun así, hay que recordar nuevamente que el advenimiento de dos de estos Estados litorales continentales supuso el enclaustramiento de otros dos, que quedaron sin litoral a pesar de que no figuran en la tabla —Eritrea y Montenegro, que dejan sin salida al mar a Etiopía y a Serbia—. Este último aspecto resulta especialmente relevante, pues apunta a la posibilidad real de que eventuales secesiones futuras acarreen la pérdida litoral de los Estados de los que se escindan e invita a dar seguimiento a estas cuestiones.

Tomando en cuenta este aludido carácter relativo del incremento de estos casos —dado que el ritmo de las adhesiones a la ONU se ha reducido considerablemente en las últimas décadas—, sí es factible afirmar que existe una tendencia hacia estas formas insulares y sin litoral en los nuevos Estados. La implicación más obvia a considerar ante este eventual escenario futuro es una mayor proclividad a que un mayor número de sujetos estatales llegue a padecer las externalidades negativas inherentes a estas características geográficas de insularidad y falta de litoral.
Por este motivo, se aprecia de especial utilidad un mayor seguimiento a estas cuestiones en Relaciones Internacionales, así como mayores desarrollos académicos en torno a líneas investigativas que puedan abordarse desde estas perspectivas.
[1] Organización Mundial del Comercio [web]. “Transporte marítimo”. https://www.wto.org/spanish/tratop_s/serv_s/transport_s/transport_maritime_s.htm#:~:text=Calificado%20a%20menudo%20de%20%22alma,del%20volumen%20del%20comercio%20mundial.
[2] UN-OHRLLS (2014).Vienna Programme of Action. https://issuu.com/unohrlls/docs/vienna_programme_of_action
[3] ONU(2014). Small Island Developing States Accelerated Modalities of Action, Art. 107. A/RES/69/15. https://sustainabledevelopment.un.org/samoapathway.html
[4] A efectos de este texto se consideran como tales los siguientes Estados, a pesar de que cabría realizar cuestionamientos al respecto: Guinea Ecuatorial, Malasia y Australia.
[5] ONU[web]. “Crecimiento del Número de Estados Miembros de las Naciones Unidas, desde 1945 al presente”. https://www.un.org/es/about-us/growth-un-membership-1945-present
[6] Ibídem.
[7] Se incluyen en este recuento a todos los Estados que ostentaban por aquel entonces estas condiciones geográficas, lo cual incluye a Etiopía y Yugoslavia, que dejarían de tener acceso al mar en posteriores años.
[8] En el año 1945 se contabilizan como litorales continentales a Etiopía y a Yugoslavia —actual Serbia, a efectos prácticos y de asiento en la ONU—.
[9] ONU[web]. “Crecimiento de Número de Estados …”. Op. Cit.
[10] Cabe recordar que Bielorrusia fue miembro fundador de la ONU junto a Ucrania y a la propia URSS. Por lo tanto, para el año 1992 se adhieren a la ONU los siguientes Estados sin litoral, a expensas de la Unión Soviética: Kazajstán, Kirguizistán, Turkmenistán, Uzbekistán, Tayikistán, Armenia, Azerbaiyán y Moldavia.
[11] ONU[web]. “Crecimiento del Número de Estados …”. Op. Cit.