Ormuz y el nuevo orden: Irán, EE.UU. y el paso en tránsito
La cuestión de Ormuz no es una discusión menor sobre tarifas. Es una disputa sobre quién puede convertir un cuello de botella marítimo en regla, quién paga la inseguridad y quién conserva el derecho de llamar “orden” a su propia forma de coerción.
Introducción: el precio no es el centro de la disputa
El estrecho de Ormuz ha vuelto al centro de la política internacional no solo porque por él circula una parte esencial de la energía mundial, sino porque su reapertura provisional ha situado una pregunta incómoda en el corazón de la negociación entre Irán y Estados Unidos: ¿Quién tiene autoridad para definir la seguridad marítima en uno de los puntos de paso más sensibles del planeta?

Reducir el debate a si Teherán pretende imponer un peaje sería un error. El punto decisivo es otro. Irán intenta desplazar la discusión desde la imagen jurídicamente vulnerable del “cobro por paso” hacia una fórmula más sofisticada: servicios de navegación, seguridad, asistencia, dragado, remoción de minas, gestión del tráfico, coordinación costera y protección ambiental. No se trata de un simple cambio semántico. La diferencia entre “peaje” y “servicio” es precisamente la grieta por la que Irán busca introducir una disputa de soberanía, costes y legitimidad.
Según las versiones conocidas del memorando inicial entre Washington y Teherán, el tránsito seguro y sin coste por Ormuz quedaría garantizado durante un periodo limitado, mientras que la administración futura del estrecho y los posibles mecanismos de gestión de los servicios marítimos se remitirían a conversaciones posteriores con Omán y otros Estados ribereños. Esa formulación, si se confirma en el texto definitivo, no reconoce a Irán un derecho unilateral a imponer tasas de tránsito, pero tampoco clausura definitivamente el debate sobre la gobernanza futura del estrecho.
En términos estratégicos, Estados Unidos obtiene una reapertura inmediata de la navegación y pone fin, al menos temporalmente, al escenario de presión y bloqueo marítimo que había contribuido a configurar. Sin embargo, se trata de una reapertura reversible y estructuralmente frágil, cuya estabilidad depende de la continuidad de los entendimientos políticos alcanzados con Teherán.
Por su parte, Irán, sin ejercer un control formal sobre el estrecho, conserva la capacidad de influir decisivamente sobre el nivel de riesgo percibido por navieras, aseguradoras y operadores energéticos. Así, Washington recupera la libre circulación en el corto plazo, mientras que Teherán mantiene una capacidad latente para alterar las condiciones de esa circulación en el futuro. Esta asimetría convierte a Ormuz en un corredor marítimo cuya normalidad sigue siendo políticamente contingente.

Ahí está la clave política: Ormuz deja de ser solo un instrumento de amenaza y se convierte en una cláusula de negociación. No es únicamente el lugar por donde pasan petroleros y metaneros. Es el punto donde colisionan dos lógicas de orden. La estadounidense entiende la seguridad marítima como tránsito libre, continuo y no condicionado por el Estado costero. La iraní sostiene que el Estado que soporta riesgos, minas, sanciones, amenazas militares, contaminación potencial y costes de gestión no puede quedar reducido a mero espectador de un tráfico del que otros extraen beneficios.
Del peaje al “servicio marítimo”: la batalla por el lenguaje
El terreno jurídico menos favorable para Irán sería aquel en el que se presentara el cobro como una condición general e indiscriminada para el mero tránsito por Ormuz. En términos de derecho del mar, esa fórmula sería fácilmente presentada como un peaje de tránsito, una obstrucción indirecta al paso y un precedente peligroso para otros estrechos internacionales. Su coste diplomático sería inmediato: resistencia de los grandes importadores asiáticos, oposición europea, inquietud de las aseguradoras y presión de las grandes navieras.
La posición más defendible es distinta: cobrar únicamente por servicios reales, específicos, verificables y no discriminatorios. Salvamento, practicaje, gestión de tráfico, remoción de obstáculos, respuesta ambiental o asistencia de emergencia pueden presentarse como prestaciones concretas. En ese terreno, Irán no estaría diciendo “pague para pasar”, sino “pague por el servicio recibido”. La diferencia parece estrecha, pero jurídicamente es crucial.
El problema es que esa frontera se rompe con facilidad. Si el pago se convierte de facto en condición de paso, si el buque que no paga sufre retrasos, inspecciones selectivas, amenazas, riesgos de seguridad o pérdida de acceso, el “servicio” se transforma en peaje encubierto. La legitimidad del mecanismo no dependerá del nombre elegido, sino de su funcionamiento: transparencia tarifaria, proporcionalidad, auditoría, no discriminación y separación clara entre tránsito y servicio.
Por eso la fórmula iraní se mueve en una zona gris. Cuanto más técnica, regional y verificable sea, más defendible resultará. Pero cuanto más se juridifique, menos capacidad tendrá como herramienta de presión. Y cuanta más presión genere, más vulnerable será jurídicamente.
El memorando y la ambigüedad de los sesenta días
La importancia del periodo de sesenta días no reside solo en su duración. Reside en lo que suspende y en lo que posterga. Un acuerdo que garantizara la gratuidad de Ormuz de manera permanente no necesitaría formular la exención como una fase temporal. Al limitarla, la negociación deja abierta la pregunta sobre qué vendrá después: ¿restauración pura del statu quo anterior, régimen regional de servicios, fondo marítimo, cooperación técnica o una forma más ambigua de control iraní?
Desde la óptica de Washington, la prioridad inmediata es reactivar el comercio marítimo, reducir el riesgo energético y evitar que un cierre parcial del estrecho se convierta en shock global. Desde la óptica de Teherán, la prioridad no es necesariamente cobrar hoy. Es introducir en el texto de la crisis una idea que antes quedaba confinada al terreno de la amenaza: que el futuro de Ormuz puede ser discutido, administrado y condicionado por la geografía política de la región.
Esta es una victoria limitada, no una victoria total. Irán no obtiene reconocimiento jurídico para imponer tarifas. Estados Unidos no obtiene el cierre definitivo del asunto. La disputa queda encapsulada en una arquitectura provisional: reapertura, retirada de obstáculos, retorno gradual del tráfico, negociación técnica y ambigüedad sobre la administración futura.
En términos estratégicos, es una conversión notable. El cierre, la amenaza, la mina, la lancha rápida o el encarecimiento del seguro son instrumentos de coerción visibles. La ambigüedad contractual es más sutil: permite a Irán transformar un punto vulnerable de la economía mundial en una cuestión negociable sin cruzar, al menos de inmediato, la línea de una confrontación directa.
Derecho del mar: lo que Irán puede discutir y lo que no puede imponer
El régimen jurídico de Ormuz es complejo porque Irán y Estados Unidos no están en la misma posición frente a la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Irán no ha ratificado la Convención y ha mantenido reservas políticas sobre ciertos efectos del régimen de paso en los estrechos internacionales. Estados Unidos tampoco la ha ratificado, aunque sostiene que buena parte de las reglas sobre libertad de navegación y paso en tránsito reflejan el derecho consuetudinario.
Esa asimetría abre espacio a una disputa interpretativa, pero no elimina los límites. En los estrechos utilizados para la navegación internacional, la idea central del régimen contemporáneo es que el paso debe ser continuo, rápido y sin impedimentos. A su vez, el derecho del mar permite que los Estados costeros adopten medidas sobre seguridad de la navegación, tráfico marítimo y prevención de la contaminación, pero esas competencias no pueden destruir el contenido esencial del tránsito.
La regla de fondo es clara: cobrar por el mero hecho de pasar es difícil de defender. Cobrar por servicios específicos y reales es más justificable, siempre que no haya discriminación. Ese es el margen que Irán intenta explotar.

Pero margen no significa cheque en blanco. Un régimen legítimo tendría que estar diseñado casi como una infraestructura técnica: listado de servicios, base de costes, autoridad responsable, tarifas públicas, mecanismos de reclamación, no discriminación por bandera o carga, coordinación con Omán y compatibilidad con estándares internacionales. Sin ese andamiaje, cualquier “tasa de servicio” será leída por el mercado como un peaje político.
Omán y los Estados ribereños: legitimidad y límite
Omán es decisivo porque ofrece a la discusión una salida regional. Para Irán, incorporar a Mascate y a otros Estados ribereños reduce la apariencia de unilateralismo y desplaza el debate hacia la gestión compartida de seguridad, tráfico, asistencia y medio ambiente. Para Omán, sin embargo, la línea roja es igualmente evidente: no puede aparecer como socio de un sistema que el comercio mundial perciba como coercitivo.
Mascate puede ayudar a convertir la disputa en gobernanza técnica. Puede facilitar una arquitectura de coordinación, estándares de seguridad, mecanismos de comunicación y quizá fórmulas de financiación de servicios comunes. Pero no aceptará fácilmente una estructura que parezca convertir Ormuz en una aduana geopolítica iraní.
Esa es la paradoja para Teherán. Necesita a Omán para ganar legitimidad, pero la presencia omaní moderará el alcance del instrumento. Cuanto más regional sea el mecanismo, menos arbitrario parecerá. Cuanto más regional sea, también será menos útil para una presión unilateral iraní. La legitimidad funciona aquí como recurso y como corsé.
Estados Unidos: libertad de navegación y coerción selectiva
La crítica estadounidense a un posible sistema iraní de cobros no debe descartarse. Hay fuertes razones jurídicas y comerciales para impedir que un estrecho internacional se convierta en fuente de peajes políticos. Si Ormuz abre esa puerta, otros puntos de estrangulamiento podrían imitarla. El comercio marítimo vive de la previsibilidad.
Pero tampoco conviene aceptar sin examen la narrativa estadounidense como si fuera una defensa pura y desinteresada del derecho internacional. Washington lleva décadas usando redes financieras, bancarias, aseguradoras, portuarias y militares para restringir el acceso de Irán a la economía global. Sanciones secundarias, presión sobre compradores de crudo, bloqueo de activos, limitaciones de seguro marítimo y amenazas a intermediarios financieros han construido contra Irán un régimen de coerción de acceso.
Desde la perspectiva iraní, la lógica es directa: si Estados Unidos puede convertir el dólar, la banca, las aseguradoras y el sistema portuario en cuellos de botella contra Irán, Teherán puede intentar convertir su geografía en contrapeso. No son instrumentos equivalentes desde el punto de vista jurídico ni moral. Pero ambos remiten a una misma gramática del poder: controlar accesos y distribuir costes.

Esta es la hipocresía estructural del orden hegemónico: la coerción del actor dominante se presenta como estabilidad; la coerción del actor presionado se denuncia como chantaje. El argumento no absuelve a Irán de sus límites legales, pero sí impide que Estados Unidos aparezca como árbitro neutral de una legalidad que utiliza selectivamente.
Ormuz como campo de seguridad marítima: poder, riesgo y zona gris
La disputa sobre Ormuz no se entiende del todo si se la reduce al derecho de paso o al pulso bilateral entre Washington y Teherán. Su importancia reside en que condensa una transformación más amplia de la seguridad marítima contemporánea: el paso de una lógica centrada en el control físico del espacio marítimo a otra basada en la gestión política, jurídica y financiera del riesgo.
La aproximación de Christian Bueger resulta especialmente útil para leer este caso. La seguridad marítima no es un concepto fijo ni puramente militar. Se sitúa en la intersección entre poder naval, seguridad de la navegación, economía marítima, protección ambiental, resiliencia y gobernanza. En Ormuz, esas dimensiones no aparecen separadas. Actúan al mismo tiempo y se refuerzan mutuamente: un incidente naval altera el seguro; una prima de riesgo modifica el comercio; una disputa jurídica afecta a la percepción de seguridad; y una amenaza ambiental puede convertirse en argumento político.
Desde la perspectiva del poder marítimo, Ormuz muestra la distancia entre controlar el mar y condicionar su uso. Estados Unidos conserva una superioridad naval convencional y pretende garantizar la libertad de navegación mediante presencia, vigilancia, escolta y disuasión. Irán no compite en esa escala. Su ventaja es otra: negar, encarecer o volver incierto el uso del estrecho. En términos más cercanos a Corbett que a Mahan, Teherán no necesita dominar el mar; le basta con afectar las condiciones bajo las cuales otros pueden utilizarlo.

Esta diferencia es clave. La potencia hegemónica habla el lenguaje del control, la estabilidad y la apertura de rutas. La potencia costera bajo presión habla el lenguaje de la vulnerabilidad, la proximidad geográfica, el coste de la seguridad y la capacidad de interrupción. De ahí que lanchas rápidas, misiles costeros, drones, islas, minas, inspecciones, señales ambiguas y advertencias a buques no formen piezas aisladas, sino una arquitectura de negación marítima y presión política.
El segundo plano es la seguridad de la navegación. En Ormuz, la frontera entre safety y security se vuelve porosa. Una mina real o sospechada, una señal AIS apagada, una advertencia de radio, una maniobra de aproximación, una inspección selectiva o una ruta recomendada por razones de seguridad pueden ser leídas simultáneamente como medida técnica, amenaza militar o mensaje diplomático. La consecuencia es que la navegación deja de depender solo de reglas formales y pasa a depender de expectativas, percepciones y cálculos probabilísticos.
El tercer plano es económico. La seguridad marítima se traduce directamente en precio: seguro, flete, energía, retrasos, contratos y decisiones de carga. Aquí Ormuz revela una dimensión decisiva del poder marítimo actual: no hace falta cerrar un estrecho para alterar el mercado. Basta con modificar la percepción de riesgo de navieras, aseguradoras y operadores energéticos. La seguridad se convierte así en una variable financiera. El estrecho permanece abierto, pero su normalidad se encarece.
El cuarto plano es la resiliencia. La pregunta central no es solo si Ormuz está abierto o cerrado, sino cuánto tiempo puede resistir el sistema energético global una interrupción parcial, una reapertura frágil o una incertidumbre prolongada. Oleoductos, reservas estratégicas y desvíos comerciales pueden amortiguar el golpe, pero no sustituyen plenamente a un corredor que concentra energía, comercio y geopolítica. Ormuz funciona, por tanto, como una prueba de estrés del orden energético internacional.

La Escuela de Copenhague ayuda a completar el cuadro. Tanto Irán como Estados Unidos convierten Ormuz en un objeto de seguridad. Washington presenta la libertad de navegación como requisito de estabilidad global y convierte cualquier condicionamiento iraní en amenaza al orden internacional. Teherán, por su parte, presenta las sanciones, la presión militar, el riesgo de minas, la contaminación potencial y los costes de seguridad como una situación excepcional que exige reconocer el papel del Estado costero. Cada parte usa el lenguaje de la seguridad para justificar medidas extraordinarias.
Por eso, Ormuz no es solo un punto geográfico ni un expediente jurídico. Es un campo de producción de seguridad. Allí se decide quién define el riesgo, quién lo paga, quién puede convertirlo en norma y quién tiene capacidad de transformar una vulnerabilidad compartida en instrumento de negociación. Esa es la razón por la que la reapertura del estrecho, aun siendo inmediata, no equivale a estabilización plena: lo que se ha reabierto es una ruta; lo que sigue en disputa es la autoridad para definir su seguridad.
Ormuz como moneda geopolítica
El estrecho no debe analizarse de forma aislada del paquete negociador. La reapertura marítima, el fin o la reducción de operaciones militares, alivio de sanciones, exportaciones petroleras, activos congelados, inspecciones nucleares y garantías de seguridad forman parte de una misma economía política de la negociación. Ormuz es la moneda geográfica de Irán.
Para Washington, la reapertura reduce el riesgo energético, alivia a los mercados y limita la escalada. Para Teherán, la gestión de Ormuz permite recordar que su posición no es la de un Estado periférico sin cartas. Irán puede estar financieramente cercado, militarmente presionado y diplomáticamente aislado, pero controla la proximidad de uno de los puntos de tránsito más críticos del sistema energético mundial.
La lógica iraní no es necesariamente la de una dominación naval clásica. Irán no necesita controlar el mar como una potencia oceánica. Le basta con demostrar que puede hacer el tránsito más caro, más inseguro, más lento o más incierto. Esa es una estrategia de negación y de coste, no de supremacía marítima. En términos corbettianos, no busca poseer el mar, sino condicionar su uso.
De ahí que lanchas rápidas, misiles costeros, drones, islas, capacidad de minado, riesgo de seguros y ahora lenguaje de servicios marítimos formen parte de una misma arquitectura: convertir geografía en disuasión y disuasión en negociación.
Tres escenarios para el día después
Primer escenario: régimen legítimo de servicios. Irán, Omán y otros Estados ribereños construyen un mecanismo transparente para seguridad, tráfico, emergencia, remoción de obstáculos, medio ambiente y comunicación marítima. Los pagos son limitados, auditables, proporcionales y vinculados a servicios concretos. Es el escenario más defendible jurídicamente, aunque reduce la capacidad de presión iraní.
Segundo escenario: peaje encubierto. Irán mantiene la retórica de servicios, pero el pago se convierte en condición práctica de paso o en criterio para evitar retrasos e inspecciones. Este escenario aumenta el valor coercitivo de Ormuz, pero destruye su legitimidad y activaría respuestas —posiblemente multilaterales— diplomáticas y navales del sector asegurador.

Tercer escenario: ambigüedad administrada. No nace un sistema formal de peajes, pero la posibilidad de discutir servicios y costes queda como carta permanente en futuras negociaciones. Es quizá el escenario más probable: ni guerra abierta ni régimen jurídico limpio, sino una gestión tensa de la incertidumbre, con Omán como amortiguador y Estados Unidos como vigilante de cualquier desviación.
Conclusión: la geografía vuelve a la mesa
Ormuz muestra una verdad incómoda del orden internacional contemporáneo: las grandes potencias tienden a presentar su coerción como norma, mientras los Estados bajo presión buscan recursos alternativos para no quedar reducidos a objeto de sanciones, bases militares, bloqueos financieros y decisiones ajenas. Irán intenta responder al cuello de botella financiero estadounidense con un cuello de botella geográfico propio.
Esta estrategia tiene potencia, pero también peligro. Si Teherán transforma Ormuz en un mecanismo técnico, regional y no discriminatorio, puede ganar legitimidad, aunque pierda parte de su efecto de presión. Si lo transforma en una herramienta de cobro forzoso o inspección selectiva, ganará capacidad táctica a costa de provocar una reacción estratégica.
Estados Unidos, por su parte, enfrenta su propia contradicción. Defiende la libertad de navegación, pero ha construido contra Irán una red de coerción financiera y marítima que condiciona el acceso iraní al comercio global. Su apelación al derecho es poderosa, pero no inocente.

La disputa, por tanto, no es simplemente si Irán puede cobrar o no. La pregunta más profunda es quién define la seguridad, quién paga la inseguridad y quién tiene derecho a convertir los estrechos globales en reglas. Ormuz es hoy el espejo de un orden en transición: un orden donde la geografía vuelve a hablar, pero solo será poder duradero si logra vestirse de legitimidad.